Carrero, Ávila & Asociados

Contadores

IVSS Sanciones

Aprendamos sobre infracciones y sanciones contempladas en la Ley del IVSS.

Las infracciones del IVSS se clasifican en:

Leyes

  • Son infracciones leves aquellas cuyas multas son hasta 25 UT:
  • No informar al IVSS, en el tiempo previsto con las formalidades exigidas, la modificación, suspensión o extinción de la relación laboral por cualquier causa.
  • No llevar al día los registros del personal exigido por el IVSS.

Infracciones graves. 

  • Son infracciones graves multas hasta las 50 UT:
  • La falta de inscripción en el IVSS antes del inicio de la actividad.
  • La omisión de notificar cualquier cambio en las operaciones de la empresa: cambio de domicilio, razón social, etc.
  • La omisión de incluir a los trabajadores dentro del plazo de 3 días hábiles al ingreso al trabajo.
  • No suministrar a tiempo las variaciones en el salario de los trabajadores o cualquier información exigidas por la ley y su reglamento.

Infracciones muy graves.

  • Son infracciones muy graves multas hasta 100 UT
  • Efectuar retenciones trabajadores superior al establecido por la ley.
  • Impedir cualquier fiscalización ordenada por el IVSS.
  • Presentar cualquier documento con tachaduras, enmendaduras que afecten la legalidad de los mismos.
  • El empleador que incumpla con la obligación de enterar, en un plazo previsto y con las formalidades exigidas, las cotizaciones recaudadas, se sancionará en base a cada uno de los trabajadores.
  • En caso de reincidencia se sancionará con el cierre temporal por (5) días.

El procedimiento sancionador se regirá por el COT siempre y cuando no contradiga a la ley del IVSS. Según el Art. 346 COT. Los órganos y entes del Poder Público tienen plazo de un año contado a partir del 29 de Enero (Reforma del COT), para sustituir la unidad de medida para la determinación de beneficios laborales o tasas y contribuciones especiales.

Lo primero es informarse, luego tomar las medidas que nos eviten ser objeto de sanciones.

Richard P

Richard Peña

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