Desgravámenes establecidos en la Ley del #ISLR.
Las Personas Naturales sujetas al ISLR pueden gozar de los Desgravámenes establecidos en la Ley del #ISLR.
Existen 2 tipos:
DETALLADO
ÚNICO
1. DETALLADO: Art. 57
Aplica para PNR (Personas Naturales Residentes)
¿Qué podemos deducir?
1. Lo pagado a institutos docentes del país, por la educación del contribuyente y sus descendientes no mayores de 25 años (Sin límite para casos de educación especial)
2. Lo pagado por el contribuyente a empresas domiciliadas en el país por primas de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad.
3. Lo pagado por servicios médicos, odontológicos y de hospitalización, prestados en el país al contribuyente y a las personas a su cargo, es decir:
a. Cónyuge no separado de bienes.
b. Ascendientes Directos.
c. Descendientes Directos.
4. Lo pagado por intereses (préstamos para adquisición de vivienda principal) Máximo 1.000 UT/año o alquiler de la vivienda, máximo 800 UT /año.
2. DESGRAVAMEN UNICO:
Art. 58, las PNR en el país podrán optar por aplicar un desgravamen único de 774 UT.
#CAYADestacables:
La distorsión en el valor de la UT trae como consecuencia que el monto por desgravamen no contribuya en alcanzar un pago de ISLR que no exceda el mínimo vital.
Los gastos incluidos en el Desgravamen Detallado numeral 1,2 y 3 así como los alquileres, deben estar soportados con facturas que cumplan con los requisitos, los intereses con sus soportes de pago o descuento.
Existe siempre una alta probabilidad de que la Administración Tributaria verifique el Desgravamen. Detallado, (tal vez por lo poco usual y por los altos montos que pueden representar) en caso de optar por él, hazlo de forma correcta y con sus respectivos soportes, no corras riesgos innecesarios.