Prorrateo del IVA

Hablemos de un tema que genera interrogantes al momento de aplicarlo en las declaraciones de IVA. Inicialmente debemos tener claro que solo se considera hecho imponible del IVA las actividades establecidas como gravables en la Ley del IVA, las cuales tendrán derecho a los créditos fiscales que correspondan a costos, gastos o egresos propios de la actividad habitual del contribuyente.