Carrero, Ávila & Asociados

Contadores

Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda

Es el Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda que garantiza a los empleados el derecho a un hábitat digno.

APORTES IMPORTANTES:

1- En tema laboral, se considera un beneficio para el empleado y una obligación parafiscal para el patrono, con la finalidad de garantizar el derecho de ahorro habitacional.


2- La base de cálculo que se utiliza, es el Salario Integral.


3- Este fondo imputa el 3% sobre el Salario Integral Mensual. El 1% lo asume como aporte el trabajador (deducción del salario), y el 2% el patrono por medio de un aporte.


4- La deducción que se le haga al trabajador, debe reflejarse en el recibo de nómina mensual.


5- El patrono deberá enterar este parafiscal al “Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda” (FAOV) mensualmente.


6- Si el patrono hace la retención al trabajador, y no lo entera al “Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda” (FAOV), se considera como un delito de apropiación indebida.


7- Exhibir en un lugar visible del domicilio de la empresa la planilla de solvencia mensual.


8- En tema contable, el aporte del trabajador se considera un pasivo (FAOV Retenido) y el aporte del patrono un gasto (Aporte FAOV) deducible para el ISLR.

Franyer 1

Franyer Ramírez

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×

Haga click en uno de nuestros representantes a continuación para chatear en WhatsApp o envíenos un correo electrónico a info@cayacontadores.com

× ¡Escríbenos un mensaje!