¿Abrir una Sucursal?
Debemos tener claro el concepto de Sucursal. Articulo. 263 del Código de Comercio:
«Son sucursales los establecimientos de comercio abiertos por una sociedad, dentro o fuera de su domicilio, para el desarrollo de los negocios sociales o de parte de ellos, administrados por mandatarios con facultades para representar a la sociedad”.
Ahora si aclaremos cuáles son los requisitos que se deben cumplir para abrir una Sucursal.
- Verificar la cláusula en el Acta Constitutiva donde se aprueba la constitución de sucursales.
- De no tener la aprobación en esta Acta o en las siguientes, deberá celebrarse una Asamblea de Socios en dónde se modifique en el Acta Constitutiva indicando que se podrán constituir sucursales.
- Protocolizar esta Acta por ante el Registro Mercantil respectivo.
- Ingresar al portal del SENIAT con el usuario y clave de la empresa, luego seleccionar la pestaña de servicios al contribuyente, actualización de RIF, direcciones y seleccionar la opción «Ingresar Establecimiento, Sucursal, Otros»
- Ingresas la información de la sucursal que se constituirá y le das clic a la opción guardar
- Dirigirse a las oficinas del SENIAT de su Estado/Región para que sea procesada esta modificación y para consignar la notificación sobre la constitución de la Sucursal.